La Corte Suprema decidió cuándo se podían ejecutar los derechos de propiedad del deudor. El Tribunal Supremo decidió cuándo es posible ejecutar sobre los derechos reales del deudor

  • 1. Para las deudas de un participante profesional en el mercado de valores, los fondos de sus clientes mantenidos en una cuenta bancaria separada (cuentas) abiertas por un participante profesional en el mercado de valores en una institución de crédito (en adelante, una cuenta especial de un participante profesional en el mercado de valores) de conformidad con la Ley Federal del 22 de abril de 1996 No. 39-FZ "Sobre el Mercado de Valores" (en adelante, la Ley Federal "Sobre el Mercado de Valores"),
  • 2. Las deudas de un participante profesional en el mercado de valores no pueden gravar los valores de sus clientes mantenidos en cuentas personales en el sistema de registro y cuentas de depósito en depósitos abiertos por un participante profesional en el mercado de valores de conformidad con la Ley Federal “ En el Mercado de Valores (en adelante - cuentas personales y cuentas de depósito).
  • 3. Para las deudas de la sociedad gestora de un fondo de inversión por participaciones, ningún dinero y (o) valores de la persona que presentó una solicitud para la adquisición de participaciones de inversión, mantenido en una cuenta bancaria separada y (o) cuenta de depósito del sociedad gestora del fondo de inversión por unidades hasta el pago en el registro de titulares de participaciones de inversión, un asiento sobre la adquisición de participaciones de inversión.

Comentario_

En arte. 73, se fija la regla según la cual en los procedimientos de ejecución se debe distinguir entre los bienes de un participante profesional en el mercado de valores y sus clientes. Al mismo tiempo, se estableció la prohibición de ejecutar el efectivo y los valores de los clientes de un participante profesional en el mercado de valores.

Los signos de participantes profesionales en el mercado de valores están definidos en el art. 2-10.2 de la Ley Federal N° 39. Del análisis de estas normas se desprende que los profesionales participantes en el mercado de valores cuentan con los fondos de sus clientes. En virtud de ello, la Ley Federal N° 229 establece los medios que permiten al alguacil distinguir entre los bienes de los profesionales participantes en el mercado de valores y sus clientes. La primera instalación de este tipo se menciona en la parte 1: una cuenta especial de un participante profesional en el mercado de valores, en la que se acumulan los fondos de sus clientes. Tenga en cuenta que la norma se refiere a cuentas especiales de un participante profesional en el mercado de valores, que se abren de conformidad con la Ley Federal N° 39. Un análisis de sus normas muestra dos cuentas de este tipo. La primera es una cuenta de corretaje especial (cláusula 3, artículo 3). La segunda es una cuenta de depósito especial. Contiene los fondos recibidos en caso de que se presten al depositante servicios relacionados con la recepción de rentas de valores y otros pagos adeudados a los tenedores de valores. El depositario está obligado a llevar un registro de los recursos monetarios de cada depositante ubicado en una cuenta especial de depósito (cuentas) e informar al frente. No podrá exigirse el cobro de los fondos de dichas cuentas por las deudas de un participante profesional en el mercado de valores.

Se establece una prohibición similar para valores de clientes de un participante profesional en el mercado de valores que se encuentren en cuentas personales en el sistema de registro y cuentas de depósito en depósitos abiertos por un participante profesional en el mercado de valores de conformidad con la Ley Federal N° 39 (parte 2 del artículo 73).

El apartado 3 del artículo comentado regula las particularidades de la ejecución hipotecaria de las deudas de la sociedad gestora de un fondo de inversión participativo. De acuerdo con la Ley Federal del 29 de noviembre de 2001 No. 156-FZ "Sobre fondos de inversión", un fondo mutuo de inversión es un complejo de propiedad separado que consiste en propiedad transferida a la gestión fiduciaria de una sociedad de gestión por el fundador (fundadores) de la gestión fiduciaria con la condición de combinar esta propiedad con la propiedad de otros fundadores de la administración del fideicomiso, y de la propiedad recibida en el proceso de dicha administración, cuya participación en la propiedad esté certificada por un título emitido por la sociedad administradora. Un fondo mutuo de inversión no es una entidad legal.

Los términos del contrato de administración fiduciaria de un fondo de inversión de unidad son determinados por la sociedad administradora en formularios estándar y pueden ser aceptados por el fundador de la administración fiduciaria solo mediante la adhesión a dicho contrato como un todo. La adhesión al contrato de gestión fiduciaria de un fondo de inversión unitario se realiza mediante la adquisición de participaciones de inversión del fondo de inversión unitario emitidas por la sociedad gestora que lleva a cabo la gestión fiduciaria de dicho fondo de inversión unitario.

Solo los fondos monetarios pueden transferirse a la administración fiduciaria de fondos mutuos de inversión abiertos y de intervalo. En la administración fiduciaria de un fondo mutuo de inversión de capital cerrado, los fondos monetarios, así como otros bienes previstos en la declaración de inversión contenida en las reglas de administración fiduciaria de este fondo mutuo de inversión, podrán transferirse, si la posibilidad de transferir tales bienes se establece mediante actos jurídicos reglamentarios del órgano ejecutivo federal del mercado de valores.

Los fondos transferidos en pago de participaciones de inversión de un fondo de inversión de participación deben transferirse a una cuenta bancaria separada abierta por la sociedad gestora de este fondo sobre la base de un acuerdo celebrado sin indicar que la sociedad gestora actúa como fideicomisario (cuenta de tránsito). Los fondos de la cuenta de tránsito no pueden gravar las deudas de la sociedad gestora. Los bienes transmitidos en pago de acciones de inversión, incluidos los mantenidos en una cuenta de tránsito (transit depo account), no pueden ser gravados por las deudas de la sociedad administradora ni por las deudas de un depositario especializado.

Se separarán los bienes que constituyan un fondo de inversión por participación de los bienes de la sociedad administradora de este fondo, los bienes de los partícipes de inversión, los bienes que constituyan otros fondos de inversión por participación mantenidos en fideicomiso por esta sociedad administradora, así como otros bienes mantenidos en fideicomiso o por otras razones por la empresa de gestión especificada. Los bienes que constituyen un fondo de inversión unitario son contabilizados por la sociedad gestora en un balance separado y se lleva una contabilidad independiente.

Para la liquidación de transacciones relacionadas con la gestión fiduciaria de un fondo de inversión unitario, se abre una cuenta (cuenta) bancaria separada (cuentas), y para la contabilización de derechos sobre valores que constituyen un fondo de inversión unitario, se abre una cuenta (cuentas) de depósito separada.

No se permite la ejecución de deudas de partícipes de inversión, incluso en caso de insolvencia (quiebra), sobre bienes que constituyan un fondo de inversión por participación. En el caso de las deudas de los partícipes de inversión, el cobro recae sobre las participaciones de inversión de las que sean titulares.

Las deudas por obligaciones que surjan en relación con la administración fiduciaria de bienes que constituyan un fondo de inversión de unidad se pagarán a expensas de estos bienes. En caso de insuficiencia de los bienes que constituyen el fondo de inversión unitario, la recuperación sólo podrá dirigirse a los bienes propios de la sociedad administradora.

Tribunal Federal de Arbitraje del Distrito del Cáucaso del Norte Decreto de 12 de marzo de 2010 N° A53-1956/2009 llegó a una conclusión muy interesante: los fondos recibidos por la organización administradora de los propietarios de los locales en pago de servicios públicos tienen un propósito designado; la ejecución de los fondos recibidos de la población en interés de una de las empresas de suministro de energía afecta a los intereses de la población como consumidor y puede tener consecuencias negativas socialmente significativas.

En consecuencia, la satisfacción de las reclamaciones del reclamante a expensas de estos fondos conducirá a una violación significativa de los intereses de terceros. Tratemos de averiguar cómo esta conclusión está justificada y es consistente con la legislación actual.

Sin exagerar, se puede argumentar que la celebración del FAS SKO es un "bálsamo para el alma" tanto para las entidades gestoras como para las comunidades de propietarios. En el Decreto de FAS SKR, quizás por primera vez, el papel de la organización gestora en las relaciones de suministro de recursos se reduce a una función intermediaria en la transferencia de fondos de los consumidores a las empresas proveedoras de recursos. Además, el tribunal acudió en defensa de terceros que no son parte en el litigio en consideración (empresas de suministro de energía y propietarios de locales en edificios de apartamentos que cumplen sus obligaciones de buena fe).

Sin embargo, no es posible estar de acuerdo con la opinión del tribunal debido a las normas legales existentes. Justifiquemos esta conclusión.

Las organizaciones de gestión y las HOA son ejecutoras de servicios públicos ( cláusula 3 de las Reglas para la prestación de servicios públicos). La ley les impone la obligación de celebrar acuerdos con Osetia del Norte (párrafos "c" cláusula 49 de las Reglas para la prestación de servicios públicos). Estos contratos se celebran en nombre y por cuenta del propio contratista. Las empresas proveedoras de recursos hacen demandas a su contraparte, el proveedor de servicios públicos, y estos requisitos deben cumplirse mediante la transferencia de fondos disponibles en la cuenta del proveedor de servicios públicos.

De acuerdo a el apartado 7 del art. 155 ZHK RF los propietarios de locales en un edificio de apartamentos administrado por una organización administradora pagan una tarifa por los locales y los servicios públicos de esta organización. De acuerdo con páginas. 1 p.2 art. 151 ZHK RF Los fondos de HOA consisten, entre otras cosas, en pagos obligatorios, entrada y otras contribuciones de los miembros de la asociación.
Es obvio que las normas anteriores se apartan de la posición de los árbitros establecida en. Los pagos del propietario realizados a la cuenta de liquidación o caja de la organización administradora (HOA) están a su entera disposición y no están protegidos contra la ejecución hipotecaria de las deudas de la organización administradora (HOA). Parece que tal conclusión es consistente con la legislación actual.

La gestión de un edificio de apartamentos, realizada por una entidad gestora, una sociedad u otra empresa, es más amplia que actuar como intermediario entre los propietarios de los locales de la casa y los RSO (contratistas). De ahí los altos riesgos y la responsabilidad de los administradores.

En la práctica, hay casos en que las organizaciones administradoras celebran acuerdos con la RSO en nombre y a expensas de los propietarios de los locales de la casa. Los pagos de los ciudadanos van directamente a las cuentas de la RNO, y la organización gestora recibe una remuneración en virtud del contrato de agencia. Tal esquema es contrario a la legislación vigente, ya que no puede atribuirse a ninguna de las tres formas de administrar un edificio de departamentos.

Seguimos insistiendo en que si los propietarios de los locales de la casa han elegido una organización administradora o HOA para administrar la casa, entonces estos últimos son responsables ante la RSO dentro de los límites de todos los fondos en sus cuentas, independientemente del propósito de los fondos. La mayoría de los árbitros comparten esta posición (ver, por ejemplo, Decretos de la FAS SKO de fecha 09/04/2009 N° A63-2216/2008-S3-13, FAS PO de fecha 04/03/2010 N° A49-43/08, Definición de la FAS CO de fecha 12/04/2009 N° F10-3426 / 09).

Asi que, Decreto del 04.03.2010 No. А49-43/08 FAS PO reconoció como legítima la imposición de una sanción a los fondos de la HOA recibidos por la cuenta bancaria del centro de información y liquidación (agente) de los propietarios de los locales. En apoyo de su posición, el tribunal se refirió a Arte. 151, apartado 5 del art. 155 ZHK RF y señaló que la ley relaciona directamente el pago de la vivienda y los servicios comunales con los pagos obligatorios que constituyen los fondos de la sociedad. PERO Ley Federal N° 229-FZ del 02.10.2007“Sobre el Proceso de Ejecución” permite la ejecución de los bienes del deudor en poder de terceros (artículo 77).

Al mismo tiempo, los fondos recibidos de los ciudadanos a la cuenta del centro de liquidación de efectivo, que son pagos obligatorios a la HOA o pago por los servicios de la organización administradora, dejan de ser propiedad de la sociedad y la organización tan pronto como se transfieren a la cuenta de liquidación del contratista (en pago por el trabajo realizado para la HOA o la organización administradora). En otras palabras, es inaceptable ejecutar la ejecución de los fondos que componen los ingresos de un tercero ( Decreto de la FAS UO del 08/07/2009 No. Ф09-4599 / 09-С2).

En conclusión, observamos que las organizaciones administradoras y las HOA no deben otorgar una importancia decisiva a la opinión de los árbitros establecida en Decreto de la FAS SKO de fecha 12 de marzo de 2010 N° A53-1956/2009. Como se dijo anteriormente, su conclusión no se sustenta en las normas de la legislación vigente, que tiene la más alta vigencia.

G. Sharikova, abogada de NP "Asociación de HOA de Nizhny Novgorod"

"Vivienda y servicios comunales: contabilidad y tributación", 2010, N 5
PRÓLOGO LOS FONDOS DEL ADMINISTRADOR
ORGANIZACIONES Y HOA
El Tribunal Federal de Arbitraje del Distrito del Cáucaso Norte, en su Resolución del 12 de marzo de 2010 en el caso N A53-1956 / 2009, llegó a una conclusión muy interesante: los fondos recibidos por la organización administradora de los propietarios de los locales en pago de servicios públicos tener un propósito especial; la ejecución de los fondos recibidos de la población en interés de una de las empresas de suministro de energía afecta a los intereses de la población como consumidor y puede tener consecuencias negativas socialmente significativas. En consecuencia, la satisfacción de las reclamaciones del reclamante a expensas de estos fondos conducirá a una violación significativa de los intereses de terceros. Tratemos de averiguar cómo esta conclusión está justificada y es consistente con la legislación actual.
Se puede decir sin exagerar que la celebración del FAS SKO es un “bálsamo para el alma” tanto para las entidades gestoras como para las comunidades de propietarios. En el Decreto de la FAS SKR, quizás por primera vez, el papel de la organización gestora en las relaciones de suministro de recursos se reduce a una función intermediaria en la transferencia de fondos de los consumidores a las empresas proveedoras de recursos. Además, el tribunal acudió en defensa de terceros que no son parte en el litigio en consideración (empresas de suministro de energía y propietarios de locales en edificios de apartamentos que cumplen sus obligaciones de buena fe).
Sin embargo, no es posible estar de acuerdo con la opinión del tribunal debido a las normas legales existentes. Justifiquemos esta conclusión.
Las organizaciones administradoras y las HOA son ejecutoras de servicios públicos (cláusula 3 de las Reglas para la prestación de servicios públicos). La ley les impone la obligación de celebrar contratos con la RSO (inciso “c” inciso 49 de las Reglas para la prestación de servicios públicos). Estos contratos se celebran en nombre y por cuenta del propio contratista. Las empresas proveedoras de recursos hacen demandas a su contraparte, el proveedor de servicios públicos, y estos requisitos deben cumplirse mediante la transferencia de fondos disponibles en la cuenta del proveedor de servicios públicos.
Según el apartado 7 del art. 155 del Código de Vivienda de la Federación Rusa, los propietarios de locales en un edificio de apartamentos administrado por una organización administradora pagan una tarifa por vivienda y servicios públicos de esta organización. De acuerdo con los párrafos. 1 p.2 art. 151 del Código de Vivienda de la Federación Rusa, los fondos de la HOA consisten, entre otras cosas, en pagos obligatorios, entrada y otras contribuciones de los miembros de la sociedad.
Es obvio que las normas anteriores se apartan de la posición de los árbitros establecida en el Decreto de la FAS SKO del 12 de marzo de 2010 en el caso N A53-1956/2009. Los pagos del propietario realizados a la cuenta de liquidación o caja de la organización administradora (HOA) están a su entera disposición y no están protegidos contra la ejecución hipotecaria de las deudas de la organización administradora (HOA). Parece que tal conclusión es consistente con la legislación actual.
La gestión de un edificio de apartamentos, realizada por una entidad gestora, una sociedad u otra empresa, es más amplia que actuar como intermediario entre los propietarios de los locales de la casa y los RSO (contratistas). De ahí los altos riesgos y la responsabilidad de los administradores.
En la práctica, hay casos en que las organizaciones administradoras celebran acuerdos con la RSO en nombre y a expensas de los propietarios de los locales de la casa. Los pagos de los ciudadanos van directamente a las cuentas de la RNO, y la organización gestora recibe una remuneración en virtud del contrato de agencia. Tal esquema es contrario a la legislación vigente, ya que no puede atribuirse a ninguna de las tres formas de administrar un edificio de departamentos.
Seguimos insistiendo en que si los propietarios de los locales de la casa han elegido una organización administradora o HOA para administrar la casa, entonces estos últimos son responsables ante la RSO dentro de los límites de todos los fondos en sus cuentas, independientemente del propósito de los fondos. La mayoría de los árbitros comparten esta posición (ver, por ejemplo, la Resolución de la FAS SKO del 09/04/2009 en el caso N A63-2216 / 2008-C3-13, FAS PO del 04/03/2010 en el caso N A49 -43/08, Determinación de la FAS CO de fecha 12.04.2009 N F10-3426/09).
Así, mediante Resolución de fecha 03.04.2010 en el caso N A49-43/08, la FAS PO reconoció como lícita la imposición de una sanción a los fondos de la HOA recibidos por la cuenta bancaria del centro de información y liquidación (agente) de la propietarios del local. En apoyo de su posición, el tribunal se refirió al art. 151, apartado 5 del art. 155 del Código de Vivienda de la Federación Rusa e indicó que la ley relaciona directamente el pago de la vivienda y los servicios comunales con los pagos obligatorios que constituyen los fondos de la sociedad. Y la Ley Federal de 2 de octubre de 2007 N 229-FZ "Sobre procedimientos de ejecución" permite la ejecución hipotecaria de la propiedad del deudor en poder de terceros (artículo 77).
Al mismo tiempo, los fondos recibidos de los ciudadanos a la cuenta del centro de liquidación de efectivo, que son pagos obligatorios a la HOA o pago por los servicios de la organización administradora, dejan de ser propiedad de la sociedad y la organización tan pronto como se transfieren a la cuenta de liquidación del contratista (en pago por el trabajo realizado para la HOA o la organización administradora). En otras palabras, es inaceptable la ejecución de los fondos que integran la renta de un tercero (Resolución de la FAS UO del 08/07/2009 N F09-4599/09-C2).
En conclusión, observamos que las organizaciones administradoras y las HOA no deben otorgar una importancia decisiva a la opinión de los árbitros establecida en el Decreto de FAS SKO del 12 de marzo de 2010 en el caso N A53-1956 / 2009. Como se dijo anteriormente, su conclusión no se sustenta en las normas de la legislación vigente, que tiene la más alta vigencia.
G.Yu.Sharikova
asesor legal
NP "Asociación de HOA de Nizhny Novgorod"
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10.05.2010

La empresa gestora (MC) le debe al proveedor de calor más de 20 millones de rublos. El alguacil impuso la ejecución sobre el derecho del Código Penal a recibir dinero de los centros de asentamiento, que recaudan de los residentes para el mantenimiento de edificios de apartamentos y viviendas y servicios comunales. La empresa impugnó las acciones del empleado de la FSSP ante los tribunales, afirmando que violó no solo sus intereses, sino también los de los proveedores de servicios públicos con los que debe pagar, así como los inquilinos que realizan pagos de buena fe. La primera instancia se puso del lado del alguacil, las otras dos... apoyado por la UC. El caso finalmente llegó a la Corte Suprema.

El Departamento de la UFSSP para la Región de Sverdlovsk, sobre la base de tres órdenes de ejecución emitidas por el Tribunal de Arbitraje de la Región de Sverdlovsk, inició un procedimiento para recuperar de Pioneer Management Company una deuda por un monto de 23,2 millones de rublos. a favor de MUP "Ekaterinburgenergo". El alguacil impuso ejecución sobre el derecho del deudor a recibir pagos de los centros de liquidación "ERC - Logística Financiera" y "ERC", con los que el Código Penal celebró un convenio de agencia. Se les ordenó transferir el 100% de los montos adeudados al deudor a la cuenta de depósito del departamento de la UFSSP (luego el alguacil redujo el monto de las deducciones al 80%).

La sociedad gestora impugnó las acciones del alguacil ante el Tribunal de Arbitraje de la Región de Sverdlovsk (caso n.º A60-16325/2016), pero el arbitraje las consideró lícitas. El tribunal señaló que el alguacil impuso la ejecución solo sobre los fondos que se transferirían de las cuentas de "ERC - Logística financiera" y "ERC" a la cuenta del Código Penal, y no sobre todo el dinero que recaudaron de la población. La apelación no estuvo de acuerdo con esos hallazgos. La 17.ª AAC señaló que los fondos recaudados por los centros de asentamiento para el Reino Unido tienen un propósito especial: se destinan a pagar la gestión de edificios de apartamentos, el mantenimiento de la propiedad de la vivienda común y la provisión de servicios públicos a los residentes. La ejecución hipotecaria de este dinero priva a la empresa administradora de la oportunidad de cumplir con sus obligaciones para el mantenimiento de las casas, pagar con los proveedores de suministro de electricidad, agua y calor. Esto puede conducir a una violación de los intereses de los vecinos que de buena fe pagan por la revisión y "comunal", señaló el 17 AAS y satisfizo la pretensión del Código Penal. El Tribunal de Arbitraje del Distrito de los Urales confirmó la decisión de la apelación.

Luego, el alguacil y MUP "Ekaterinburgenergo" presentaron denuncias ante el Tribunal Supremo. Se refirieron a que las conclusiones del recurso y casación sobre el carácter selectivo de los fondos recaudados de los residentes por los agentes pagadores son erróneas. Este dinero es transferido por agentes a la cuenta bancaria del Código Penal, y en el futuro puede gastarlo a su propia discreción. Es imposible establecer los objetivos a los que van, subrayan los aspirantes. Al mismo tiempo, el deudor no cumple con sus obligaciones con las contrapartes: los recuperadores en los procedimientos de ejecución consolidada, además de MUE Ekaterinburgenergo, son una serie de organizaciones de suministro de recursos y energía, para cumplir con las obligaciones a las que cobra Pioneer Management Company. dinero de la población. La jueza Marina Pronina resolvió que estos argumentos merecen atención y remitió los recursos de casación al Colegio Económico para su consideración.

En la reunión del 2 de agosto, el representante del Código Penal enfatizó que la empresa ahora ha pagado la deuda de 23 millones a MUE "Ekaterinburgenergo" en tres órdenes de ejecución emitidas por AS de la región de Sverdlovsk. Esta circunstancia fue confirmada por el recurso de casación, que se alineó con el Código Penal, agregó el abogado. Sin embargo, dado que se consolidan los procesos de ejecución contra el Código Penal (se cobran deudas de la empresa a favor de otras contrapartes), no se detuvo. “La decisión de ejecución sobre el derecho real del deudor se dictó en relación con estos tres autos de ejecución”, aclaró el juez junto al representante de la FSSP

Para la comodidad de los residentes de los edificios de apartamentos, las empresas administradoras aceptan fondos de ellos en su cuenta corriente para pagar varias facturas de servicios públicos: suministro de agua y alcantarillado, eliminación de desechos sólidos, servicios de reparación de equipos de ascensores, etc. Las sociedades de gestión luego transfieren esta cantidad a los proveedores de servicios.

En MIFNS de Rusia No. 15 en el Territorio de Altai, recuerdan que desde el 1 de enero de 2010 ha estado en vigor, según el cual los residentes de la casa adquieren el estado de pagador, la empresa administradora - el estado de pagador agente, y organizaciones de vivienda y servicios comunales - el estado de un proveedor de servicios.

“La actividad del agente pagador consiste únicamente en aceptar fondos, no participa en la prestación de servicios entre el pagador y el proveedor de servicios y no presta otros servicios independientes, excepto la recepción y transferencia de fondos”, dijo el jefe del departamento de control operativo de la inspección Vladímir Yamschikov.

Al aceptar pagos, el agente de pago está obligado a utilizar una cuenta bancaria especial (cuentas) para realizar liquidaciones, así como a entregar a la institución de crédito el efectivo recibido de los pagadores al aceptar pagos para acreditar en su totalidad a su cuenta bancaria especial ( cuentas).

“Como muestra la práctica, varias sociedades de gestión no cumplen con estos requisitos: los fondos se transfieren a cuentas de liquidación ordinarias. Este año, los empleados del IFTS Interdistrital de Rusia No. 15 para el Territorio de Altai realizaron 15 inspecciones de organizaciones: agentes de pago, en todas las inspecciones, se establecieron hechos de que los pagos de individuos (consumidores de servicios) se acreditaron a la cuenta de liquidación habitual de sociedades gestoras, lo cual es una falta administrativa”, dijo Vladímir Alekseevich.

El Código de Infracciones Administrativas de la Federación de Rusia establece la responsabilidad por esta violación en forma de multa, cuyo monto para las personas jurídicas oscila entre 40 mil y 50 mil rublos, y para los gerentes, entre 4 mil y 5 mil rublos.

Sobre la base de los resultados de la consideración de los casos por parte de las comisiones administrativas, se impusieron multas a todas las organizaciones infractoras, así como a sus líderes, por un monto total de 660 mil rublos. Las decisiones emitidas sobre responsabilidad administrativa fueron impugnadas en los tribunales. Al considerar los casos en audiencias judiciales, se apoyó la posición de la autoridad fiscal, las quejas quedaron sin satisfacción.

Para cumplir con la legislación federal y prevenir sus violaciones, recordamos a los jefes de empresas que aceptan pagos de personas físicas la necesidad de abrir una cuenta bancaria especial con instituciones de crédito para acreditar los fondos recibidos.

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