Piedra triturada porosa de escoria metalúrgica GOST. Diferencias y características de la escoria triturada y la escoria piedra pómez. Piedra pómez de escoria - piedra triturada porosa de escoria metalúrgica

Verificación de un instrumento de medición: un conjunto de operaciones realizadas por los organismos del servicio estatal de metrología (otros organismos autorizados, organizaciones) para determinar y confirmar el cumplimiento del instrumento de medición con los requisitos técnicos establecidos.

Los instrumentos de medición sujetos a control y supervisión metrológicos están sujetos a verificación al salir de la producción o reparación, al importarse, al venderse y alquilarse, así como durante la operación.

La verificación es realizada por un individuo certificado como verificador de acuerdo con las reglas del PR 50.2.012-94 GSI. El procedimiento para la certificación de los oficiales de verificación de instrumentos de medición, de acuerdo con los documentos normativos aprobados sobre la base de los resultados de las pruebas con el propósito de la aprobación de tipo. Si el instrumento de medición, según los resultados de la verificación, se reconoce como adecuado para su uso, se le aplica una impresión y (o) la documentación técnica. marca de verificación y/o emitido Certificado de verificación. Si, de acuerdo con los resultados de la verificación, el instrumento de medición se reconoce como inadecuado para el uso, se cancela la impresión de la marca de verificación y (o) el Certificado de Verificación y se emite un Aviso de inadecuación o se realiza la entrada correspondiente en el registro técnico. documentación.

Existen los siguientes tipos de verificaciones:

Verificación primaria- realizado para instrumentos de medición de tipos aprobados cuando se liberan de la producción, después de la reparación, cuando se importan del extranjero. Al aprobar el tipo de instrumentos de medición de una sola producción, se emite un certificado de aprobación de tipo para cada uno de ellos; estos instrumentos de medición no pasan la verificación primaria.

Verificación periódica se lleva a cabo para instrumentos de medición en funcionamiento en ciertos intervalos de calibración. La necesidad de verificación se debe a la posibilidad de pérdida de indicadores metrológicos debido a influencias temporales y de otro tipo.

Verificación extraordinaria llevado a cabo: si es necesario, confirmar la idoneidad del instrumento de medición para su uso; en el caso de utilizar un instrumento de medición como componente después de la mitad del intervalo de calibración; en caso de daño a la marca o pérdida del certificado de verificación; cuando se pone en marcha después de una conservación a largo plazo (más de un intervalo de calibración); al enviar instrumentos de medición al consumidor después de la expiración de la mitad del intervalo de calibración. Verificación de expertos se lleva a cabo en caso de desacuerdo sobre cuestiones relacionadas con las características metrológicas, la capacidad de servicio de los instrumentos de medición y su idoneidad para el uso.

Verificación de inspección se realiza en el marco de la supervisión estatal o del control departamental, para controlar la calidad de las verificaciones primarias o periódicas y determinar la idoneidad de los instrumentos de medida para su uso.

En la actualidad, en la Federación Rusa, con la transición al mercado, se hizo necesario buscar nuevas formas de organización de las actividades metrológicas que correspondan a las relaciones de mercado en la economía. Una de estas formas es la organización del Sistema de calibración ruso (RSC), cuyo esquema se muestra en la fig.

El control de los instrumentos de medición para determinar su idoneidad para su uso en la práctica mundial se lleva a cabo mediante dos tipos principales: verificación y calibración.

La calibración de un instrumento de medición es un conjunto de operaciones realizadas por un laboratorio de calibración para determinar y confirmar los valores reales de las características metrológicas y (o) la idoneidad de un instrumento de medición para su uso en áreas no sujetas al control metrológico estatal y supervisión de acuerdo con los requisitos establecidos.

Los resultados de la calibración de los instrumentos de medida están certificados marca de calibración aplicado a instrumentos de medida, o certificado de calibración, tanto como entrada en documentos operativos.

La verificación (verificación estatal obligatoria) puede ser realizada, por regla general, por el organismo del servicio metrológico estatal, y la calibración, por cualquier organización acreditada y no acreditada.

La verificación es obligatoria para los instrumentos de medida utilizados en áreas sujetas al Control Metrológico Estatal (GMK), mientras que la calibración es un procedimiento voluntario, ya que se refiere a los instrumentos de medida que no están sujetos al MMC. La empresa tiene derecho a decidir independientemente sobre la elección de formas y modos de monitorear el estado de los instrumentos de medición, con la excepción de aquellas áreas de aplicación de instrumentos de medición, sobre las cuales los estados de todo el mundo establecen su control: esto es salud. cuidado, seguridad laboral, ecología, etc. La construcción del Sistema Ruso de Calibración (RSC) se basa en los siguientes principios: entrada voluntaria; la obligación de obtener tamaños de unidad de estándares estatales; profesionalismo y competencia del personal; autosuficiencia y autofinanciamiento. El principal eslabón del RSC es el laboratorio de calibración. Es una empresa independiente o una división dentro del servicio de metrología de la empresa, que puede calibrar instrumentos de medición para sus propias necesidades o para organizaciones de terceros. Si la calibración se realiza para terceros, el laboratorio de calibración debe estar acreditado por el organismo RSC. Se permite el uso de cuatro métodos de verificación (calibración) instrumentos de medida: comparación directa con el patrón; comparación usando un comparador; medición directa de la cantidad; mediciones indirectas de la cantidad Para asegurar la transferencia correcta de los tamaños de las unidades de medida desde el estándar hasta los medios de medición de trabajo, son tablas de verificación , estableciendo la subordinación metrológica del estándar estatal, los estándares de bits y los instrumentos de medición de trabajo.. Los esquemas para transmitir información sobre el tamaño de las unidades durante su reproducción centralizada se denominan verificación. Un esquema de verificación es un documento debidamente aprobado que regula los medios, métodos y precisión de transferir el tamaño de una unidad de cantidad física del estándar estatal o el instrumento de medición ejemplar original a los instrumentos de medición en funcionamiento. El esquema de verificación puede ser: estatal y local. Estado esquema de verificación establece la transmisión de información sobre el tamaño de la unidad en todo el país. Está encabezado por normas estatales o especiales. Esquemas de verificación locales están destinados a los servicios metrológicos de los ministerios (departamentos) y personas jurídicas. Todos los esquemas de verificación locales deben cumplir con los requisitos de subordinación, que está definido por el esquema de verificación estatal. Los esquemas de verificación estatal son desarrollados por institutos de investigación del Estándar Estatal de la Federación Rusa, titulares de estándares estatales. El esquema de verificación local aclara los requisitos del esquema estatal en relación con los detalles de este departamento. Está dirigido por estándares de trabajo. Los esquemas de verificación estatales están aprobados por el Estándar Estatal de la Federación Rusa, y los locales están aprobados por los servicios metrológicos departamentales o la administración de la empresa Consideremos en términos generales el contenido del esquema de verificación estatal (ver Fig. 3.9). Los nombres de los estándares y los instrumentos de medición de trabajo generalmente se colocan en rectángulos (para el estándar estatal, el rectángulo es de dos circuitos). También se indican aquí las características metrológicas para esta etapa del circuito. En la parte inferior del diagrama hay instrumentos de medición en funcionamiento que, según su grado de precisión (es decir, errores de medición), se dividen en cinco categorías: la precisión más alta; máxima precisión; alta precisión; precisión media; menor precisión. La precisión más alta suele ser proporcional al grado de error del instrumento de medición del estándar estatal. En cada paso del esquema de verificación, se regula el orden (método) de transferir el tamaño de la unidad. Los nombres de los métodos de verificación (calibración) se colocan en óvalos, que también indican el error permisible del método de verificación (calibración).

CALIBRACIÓN Y VERIFICACIÓN

Calibración de instrumentos de medición en la Federación Rusa

La calibración de un instrumento de medición es un conjunto de operaciones realizadas para determinar los valores reales de las características metrológicas de los instrumentos de medición.

La calibración de instrumentos de medición consiste en establecer la relación entre las lecturas del instrumento y el tamaño de la cantidad medida (entrada). La calibración a menudo se entiende como el proceso de ajustar la indicación de una cantidad de salida o la indicación de un instrumento de medición hasta que se alcance un acuerdo entre el valor de referencia en la entrada y el resultado en la salida (teniendo en cuenta la precisión especificada). Por ejemplo, calibrar un termómetro médico que marca 36,3 °C en un baño a 36,6 °C agregaría 0,3 °C. No importa si este valor se ingresa en la memoria del instrumento o se escribe en papel pegado al termómetro.

La calibración de instrumentos de medición (MI) se lleva a cabo en las siguientes áreas: calibración de MI de referencia y de trabajo y calibración de MI preciso.

La calibración de SI se lleva a cabo principalmente por servicios de metrología de personas jurídicas que utilizan estándares subordinados a los estándares estatales de unidades de cantidades.

En Rusia, las actividades de calibración están reguladas por la Ley de la Federación Rusa "Sobre la garantía de la uniformidad de las medidas" y muchos otros estatutos. Desafortunadamente, los conceptos de "calibración" y "verificación" no se distinguen muy claramente en los documentos reglamentarios.

Verificación

Verificación de instrumentos de medición: un conjunto de operaciones realizadas por los órganos del Servicio Estatal de Metrología (otros organismos autorizados, organizaciones) para determinar y confirmar el cumplimiento de las características del instrumento de medición con los requisitos establecidos.

En Rusia, las actividades de verificación en relación con los instrumentos de medición sujetos a la Supervisión metrológica estatal están reguladas por la Ley del Gobierno de la Federación Rusa del 26 de junio de 2008 N 102-FZ "Sobre la garantía de la uniformidad de las mediciones" y muchos otros estatutos. . Estos documentos definen la verificación como "un conjunto de operaciones realizadas para confirmar el cumplimiento de los instrumentos de medición con los requisitos metrológicos" y además "El Gobierno de la Federación Rusa establece una lista de instrumentos de medición, cuya verificación se lleva a cabo solo por el estado centros regionales de metrología acreditados en la forma prescrita en el campo de asegurar la uniformidad de las mediciones.”

La responsabilidad por la realización incorrecta del trabajo de verificación y el incumplimiento de los requisitos de los documentos reglamentarios pertinentes recae en el organismo correspondiente del Servicio Metrológico del Estado o la entidad legal cuyo servicio metrológico realizó el trabajo de verificación.

Tipos de verificación

El Consejo Interestatal de Normalización, Metrología y Certificación (países de la CEI) estableció los siguientes tipos de verificación

  • La verificación primaria es una verificación que se realiza cuando un instrumento de medición sale de la producción o después de la reparación, así como cuando un instrumento de medición se importa del extranjero en lotes, en el momento de la venta.
  • Verificación periódica: verificación de instrumentos de medición que están en funcionamiento o almacenados, realizada en intervalos de calibración establecidos.
  • Verificación extraordinaria - Verificación de un instrumento de medida, realizada antes de la fecha límite para su próxima verificación periódica.
  • La verificación de inspección es una verificación realizada por el organismo del servicio estatal de metrología durante la supervisión estatal del estado y el uso de instrumentos de medición.
  • Verificación completa - verificación, en la que se determinan las características metrológicas del instrumento de medición, inherentes a él en su conjunto.
  • La verificación elemento por elemento es una verificación en la que se establecen los valores de las características metrológicas de los instrumentos de medida en función de las características metrológicas de sus elementos o partes.
  • Verificación selectiva: verificación de un grupo de instrumentos de medición, seleccionados aleatoriamente de un lote, cuyos resultados se utilizan para juzgar la idoneidad de todo el lote.
  • La verificación de expertos se lleva a cabo en caso de desacuerdo sobre cuestiones relacionadas con las características metrológicas, la capacidad de servicio de los instrumentos de medición y su idoneidad para el uso.

Los servicios metrológicos en empresas y organizaciones en el proceso de producción llevan a cabo el control metrológico y la supervisión de los instrumentos de medición mediante:

  • calibración de instrumentos de medición;
  • supervisión del estado y uso de los instrumentos de medida, en cumplimiento de las reglas y normas metrológicas, así como de los documentos reglamentarios para asegurar la uniformidad de las medidas;
  • verificación de la puntualidad en el suministro de instrumentos de medición para verificación y calibración;
  • emisión de instrucciones obligatorias destinadas a prevenir, detener o eliminar las infracciones a las normas y reglas metrológicas;
  • realización de exámenes metrológicos de diseño y documentación tecnológica, etc.

En el marco del MO de producción, se lleva a cabo un examen metrológico de diseño y documentación tecnológica, cuyo objetivo es analizar y evaluar soluciones técnicas para la selección de parámetros a medir, el establecimiento de estándares de precisión y la provisión de métodos e instrumentos de medición para el desarrollo, fabricación, operación y reparación de productos.

La importancia del aseguramiento metrológico de la producción para lograr una alta calidad del producto está determinada por una serie de documentos internacionales, incluido el estándar ISO 10002-1.

El cumplimiento de esta norma es una de las condiciones para la acreditación del sistema de calidad en la empresa.

Documentos normativos

    • Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 20 de abril de 2010 N 250 "Sobre la lista de instrumentos de medición, cuya verificación se lleva a cabo solo por centros estatales regionales de metrología acreditados de la manera prescrita en el campo de garantizar la uniformidad de mediciones"
    • Ley Federal de la Federación Rusa del 26 de junio de 2008 N 102-FZ "Sobre la garantía de la uniformidad de las medidas" - Publicado en "RG" - Edición federal No. 4697 del 2 de julio de 2008
    • SOBRE LA APROBACIÓN "PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA". ORDENAR. GOSTANDART DE RUSIA. 18 de julio de 1994 N° 125
    • PR 50.2.006-94 GSI. Procedimiento de verificación de instrumentos de medida
    • PR 50.2.014-96 GSI. Reglas para la acreditación de servicios metrológicos de personas jurídicas para el derecho a verificar instrumentos de medida
    • PR 50.2.012-94 GSI. El procedimiento para la certificación de los oficiales de verificación de instrumentos de medición.
    • PR 50.2.007-94 GSI. Cartas credenciales
    • RMG 29-99 GSI. Metrología. Términos básicos y definiciones

El servicio de metrología de Dipol brinda servicios de verificación primaria y periódica de instrumentos de medición de acuerdo con el alcance de la acreditación. Verificación primaria de instrumentos de medida se lleva a cabo para confirmar las características metrológicas del instrumento de medida en el momento de la importación, en el momento de la salida de producción, después de la reparación del instrumento de medida. Verificación periódica se lleva a cabo durante la operación de SI utilizado en el campo de la regulación estatal de garantizar la uniformidad de las mediciones.

tiempo de respuesta

  • Verificación (verificación primaria o periódica). Tiempo de finalización - 12 días hábiles.
  • Verificación urgente de SI- organización de la verificación operativa. Plazo de ejecución - 3-5 días laborables.
  • Calibración(determinación de las características metrológicas reales del SI).
  • Contrato de verificación proporciona ahorros significativos para los clientes habituales del servicio metrológico Dipol.

El personal del laboratorio está compuesto por especialistas que cumplen con todos los requisitos necesarios y tienen una rica experiencia práctica. Se prestó especial atención a la creación y descripción de un sistema de calidad que satisfaga las necesidades del cliente en las actividades de verificación y cumpla con los requisitos de GOST ISO / IEC 17025 e ISO 9000.

Todos los datos sobre la verificación de los instrumentos de medición realizados por el servicio metrológico Dipol se ingresan en un solo sistema de información: el Fondo Federal de Información para Asegurar la Uniformidad de las Mediciones (sitio web de Rosstandart www.gost.ru, sección "Fondo"). Esto permite a los clientes verificar la autenticidad del certificado recibido, familiarizarse con la información sobre la verificación de instrumentos de medición: quién, cuándo y con qué resultado lo verificó. Este servicio es útil para identificar proveedores no confiables de servicios relevantes.

A petición del cliente, un certificado de verificación puede acompañar al protocolo de medición.

Alcance de la acreditación y equipo de laboratorio

El laboratorio metrológico de la empresa Dipol está equipado con modernos equipos de verificación de acuerdo con el alcance de acreditación previsto:

  • calibradores Fluke 5522A, 5080A;
  • multímetro de precisión 8508A;
  • generador Agilent N5183;
  • analizador de espectro Agilent N9020;
  • Generador Agilent 81150A y otros dispositivos.

El uso de calibradores multifuncionales Fluke y modernos generadores Agilent de rango amplio (Keysight) proporciona una amplia área de acreditación de laboratorio para verificación de osciloscopios, generadores, frecuencímetros hasta 20 GHz, multímetros hasta 6,5 ​​dígitos, fuentes de alimentación hasta 600 V y 875 A, analizadores de calidad de energía, óhmetros hasta 1000 GΩ y otros equipos de medida.

La introducción del moderno producto de software metrológico Fluke Met/Cal en la actividad de verificación hace posible automatizar la contabilidad y el registro de instrumentos de medición, el proceso de medición de instrumentos de medición, la preparación de protocolos y certificados de verificación, así como la presentación de los resultados de la verificación a la base de datos automatizada de Rosstandart.

Alcance de la acreditación: Verificación de instrumentos de medida

Alcance de la acreditación: Calibración de instrumentos de medida

Precios de verificación y calibración de instrumentos de medida

Un enfoque organizacional bien establecido y la automatización del proceso de producción hace posible lograr costos bajos, lo que a su vez garantiza la prestación de servicios metrológicos a precios atractivos para los clientes.

Para estimar el costo de la prestación de servicios metrológicos, comuníquese con el gerente de nuestra empresa o complete una solicitud de verificación y calibración de instrumentos de medición en el sitio web.

Beneficios especiales

Verificación de fuentes de alimentación.

El servicio metrológico de Dipol tiene capacidades únicas que le permiten verificar las fuentes de alimentación. Al crear nuestro laboratorio metrológico, se tomaron en cuenta los requisitos específicos para la verificación de estos instrumentos. Se proporcionó: fuente de alimentación trifásica, cargas potentes, bobinas de resistencia y otros equipos necesarios para trabajar con corrientes de hasta 1000 A. Debido a esto, las posibilidades de prueba de las fuentes de alimentación están limitadas solo por la intensidad de la corriente.

Automatización de verificación de instrumentos de medida (SI)

El servicio metrológico "Dipol" implementa con éxito en su práctica la automatización de verificación de instrumentos de medición utilizando el software Fluke Met/Cal.

Esto permite:

  • mejorar la calidad de la verificación de MI;
  • reducir el tiempo real dedicado a la verificación;
  • reducir la fatiga de los inspectores SI;
  • automatizar la creación de protocolos de verificación, certificados y otros informes;
  • acelerar la búsqueda de la información necesaria

Certificación estándar

El servicio de metrología "Dipol" pasó el procedimiento de certificación de los estándares utilizados en la verificación de instrumentos de medición. Este procedimiento documenta la trazabilidad de los estándares utilizados por el servicio para la verificación de los estándares estatales de Rusia. Esto, a su vez, confirma la posibilidad de que el servicio metrológico participe en el procedimiento de transferencia de una unidad de cantidad física almacenada por un patrón estatal verificado por SI.

recalibración SI

Gracias a la introducción de un software especial, el servicio metrológico tiene la capacidad de ajustar los parámetros metrológicos de algunos instrumentos de medición verificados. Cuando los parámetros metrológicos van más allá de los límites de los valores permisibles o cuando se acercan críticamente al límite de tolerancia, los datos MI pueden someterse a un procedimiento de recalibración: se inicia un procedimiento de ajuste especializado, que introduce los factores de corrección necesarios en el SI. Tal procedimiento permite prolongar significativamente el ciclo de vida de los instrumentos de medición utilizados y minimizar el costo de su reparación bastante costosa.

El uso de Fluke Met/Cal impone requisitos adicionales en los diagramas de conexión de los instrumentos de medición durante la verificación automática. Para su implementación se adquirieron numerosos adaptadores de microondas y montajes específicos de hilos de medida. Este paso resultó estar justificado, ya que además de acelerar el procedimiento de verificación, se proporciona una amplia gama de posibilidades para cambiar varios instrumentos de medición, tanto modernos como antiguos. Ahora bien, la solución de cualquier problema de medición no se basa en la imposibilidad de conexión correcta de SI. Para muchas organizaciones que brindan servicios de verificación, la falta de tales oportunidades se convierte en un gran problema.

La precisión en los parámetros que se llevan a cabo mediante las mediciones son fundamentales. No tiene sentido el funcionamiento de cualquier instrumento de medición si su trabajo se realiza de manera inexacta y hay errores significativos. Para controlar y responder a tiempo a las imprecisiones en el funcionamiento de los instrumentos pertinentes, se inventaron operaciones de verificación y calibración.

La esencia del procedimiento de verificación.

La verificación es un conjunto de determinadas operaciones que son realizadas por los órganos del Servicio Estatal de Metrología (GMS). Esta acción puede ser realizada por otras organizaciones autorizadas que cuenten con permisos. El objeto de la verificación es, en primer lugar, la determinación y confirmación de la plena conformidad de los medios utilizados para las mediciones, de acuerdo con las normas técnicas establecidas.

Después de eso, se determina si existe una idoneidad posterior para el uso de uno u otro instrumento de medición. El procedimiento se aplica a todos los productos que sean de un tipo legalmente homologado, en caso de salida de la producción en serie, después de un largo período de funcionamiento o en caso de reparación. Los instrumentos que se utilizan en el ámbito de la regulación estatal para garantizar la uniformidad de las medidas están sujetos a conciliación obligatoria.


En el territorio de la Federación Rusa, existen varios tipos de verificaciones:

  • Primario, que es típico de los instrumentos de medición que se lanzaron o se sometieron a trabajos de reparación en el territorio de Rusia.
  • Periódico, que ocurre en un momento determinado regulado por el marco legislativo del estado.
  • Extraordinario, que puede aplicarse como consecuencia del daño del precinto, pérdida de los documentos que acrediten la verificación anterior.
  • Inspección.
  • Pericial, realizado a raíz de hechos que impliquen una valoración independiente y urgente de idoneidad, para resolver controversias y conflictos.

Desde un punto de vista técnico, el procedimiento se lleva a cabo comparando los indicadores numéricos que produce el dispositivo con el valor de un instrumento de medición estándar de alta precisión. El error de medición debe estar dentro de los límites aceptables.

El procedimiento es muy similar a la verificación. La calibración también incluye una serie de acciones secuenciales, cuya dirección es determinar el valor exacto de los indicadores metrológicos. La función final de la calibración es el resultado que permite o inhabilita el uso posterior del dispositivo.

El procedimiento no tiene esquemas de trabajo desarrollados individualmente, por lo tanto, se lleva a cabo de acuerdo con los parámetros de verificación. Los instrumentos de medición que han superado el procedimiento de calibración se confirman mediante la aplicación de una marca especial de conformidad. Para la prueba documental, la organización que realizó el trámite podrá emitir un certificado especial.

Las autoridades autorizadas para realizar el trámite son:

  1. Servicio público metrológico.
  2. Centro científico de metrología.
  3. Servicios metrológicos de personas jurídicas.

La diferencia entre verificación y calibración

La esencia de los dos procedimientos tiene una cosa en común: esta es la verificación de los instrumentos de medición por la calidad de su trabajo y la precisión de los resultados. La verificación permite auditar el cumplimiento de los estándares y normas aceptados. Pero la calibración hace posible llevar el instrumento de medición a ciertos estándares.

Desde el punto de vista del parámetro obligatorio, entonces solo la verificación es un procedimiento estrictamente necesario y la calibración es una decisión voluntaria. Solo HMS puede realizar la verificación, y las organizaciones y empresas que no tienen acreditación pueden proporcionar calibración además de HMS.

Los fondos que están incluidos en la lista del registro estatal que están aprobados para su uso en el territorio de Rusia pueden estar sujetos a verificación. De lo contrario, todas las manipulaciones se reducen a la calibración.
Por lo tanto, la calibración ha reemplazado el procedimiento de certificación metrológica regular y el procedimiento de verificación departamental. Tales cambios afectaron la minuciosidad del control y suavizaron la responsabilidad del HMS.

DESARROLLADO Instituto de Investigación de toda Rusia del Servicio Metrológico del Estándar Estatal de Rusia (VNIIMS del Estándar Estatal de Rusia)

INTRODUCIDO Departamento Principal de Política Técnica en Materia de Metrología y Departamento Principal de Política Regional y Supervisión del Estado

ACEPTADO Orden de la Norma Estatal de Rusia del 18 de julio de 1994 N 125

REGISTRADO Ministerio de Justicia de Rusia el 21 de julio de 1994 bajo N 640

PRESENTADO POR PRIMERA VEZ

NORMATIVA DE METROLOGIA
Sistema estatal para asegurar la uniformidad de las medidas Procedimiento para la verificación de los instrumentos de medida

Este documento se aplica a los instrumentos de medición cuando se liberan de la producción y reparación, cuando se importan para importación y operación, venta y alquiler, para ser utilizados y utilizados en las áreas de distribución de control y supervisión metrológicos estatales, de conformidad con la Ley de la Federación Rusa. "Sobre el aseguramiento de la uniformidad de las medidas" y establece los requisitos para la organización y el procedimiento de verificación de los instrumentos de medida".
El procedimiento se desarrolló teniendo en cuenta el documento de la Organización Internacional de Metrología Legal N 20 “Verificación primaria y posterior de instrumentos de medición y procesos de medición”.

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1 . Verificación de instrumentos de medición: un conjunto de operaciones realizadas por los órganos del Servicio Estatal de Metrología (otros organismos autorizados, organizaciones) para determinar y confirmar el cumplimiento de los instrumentos de medición con los requisitos técnicos establecidos.

1.2 . Los instrumentos de medida sujetos al control y vigilancia metrológica del Estado están sujetos a verificación por parte de los órganos del Servicio Metrológico del Estado al salir de producción o reparación, al momento de la importación y operación.
Las normas de los órganos del Servicio Metrológico del Estado, así como los instrumentos de medida que no sean verificados por éstos, están sujetos a verificación por los centros metrológicos científicos estatales.

1.3 . Por decisión de la Norma Estatal de Rusia, se puede otorgar el derecho de verificar los instrumentos de medición a los servicios metrológicos acreditados de personas jurídicas. Las actividades de estos servicios metrológicos se llevan a cabo de acuerdo con la legislación vigente y los documentos reglamentarios para garantizar la uniformidad de las mediciones del Estándar Estatal de Rusia.

1.4 . Las actividades de verificación realizadas por los servicios metrológicos acreditados de personas jurídicas están controladas por los órganos del Servicio Metrológico del Estado en el lugar donde se encuentren dichas personas jurídicas.

1.5 . La verificación de los instrumentos de medición la lleva a cabo una persona certificada como verificación de la manera establecida por la Norma Estatal de Rusia.

1.6 . La verificación se lleva a cabo de acuerdo con los documentos normativos aprobados sobre la base de los resultados de las pruebas para la aprobación del tipo de instrumento de medición.

1.7 . El resultado de la verificación es la confirmación de la idoneidad del instrumento de medida para su uso o el reconocimiento del instrumento de medida como inadecuado para su uso.
Si el instrumento de medición, en base a los resultados de la verificación, se reconoce como apto para su uso, entonces se le aplica una impresión de la marca de verificación o se emite la documentación técnica o un "Certificado de Verificación".
El formulario "Certificado de Verificación" se proporciona en el Apéndice 1.
Si el instrumento de medición se reconoce como inadecuado para su uso en base a los resultados de la verificación, la impresión de la marca de verificación se extingue, el "Certificado de verificación" se cancela, se emite un "Aviso de inadecuación" o se realiza la entrada correspondiente en la documentación técnica. El formulario "Notificación de inadecuación" se proporciona en el Apéndice 2.

1.8 . La responsabilidad por la realización incorrecta del trabajo de verificación y el incumplimiento de los requisitos de los documentos reglamentarios pertinentes recae en el organismo del Servicio Metrológico del Estado o la persona jurídica cuyo servicio metrológico realizó el trabajo de verificación.

1.9 . Al realizar trabajos de verificación en el territorio de una región en particular con una visita al lugar de operación de los instrumentos de medición, la autoridad ejecutiva de esta región está obligada a brindar asistencia a los oficiales de verificación, que incluyen:
proporcionarles locales apropiados;
proporcionarles el personal y el transporte apropiados;
notificar a todos los propietarios y usuarios de instrumentos de medición sobre el momento de la verificación.

2. ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

2.1. Los instrumentos de medida están sujetos a verificación primaria, periódica, extraordinaria y de inspección.

2.2. Los instrumentos de medición de tipos aprobados están sujetos a verificación primaria al salir de la producción y reparación, al momento de la importación.
Los instrumentos de medición no pueden estar sujetos a verificación primaria en el momento de la importación sobre la base de acuerdos (contratos) internacionales concluidos sobre el reconocimiento de los resultados de la verificación realizada en países extranjeros.

2.3. Como regla general, cada copia de los instrumentos de medición está sujeta a verificación primaria.
Se permite la verificación selectiva.

2.4. Los órganos del Servicio Metrológico del Estado pueden realizar la verificación primaria en los puestos de control organizados por personas jurídicas que fabriquen y reparen instrumentos de medición.

2.5. Los instrumentos de medición que están en funcionamiento o almacenados están sujetos a verificación periódica en ciertos intervalos de calibración.

2.6. Las listas específicas de instrumentos de medición a verificar están compuestas por personas jurídicas y personas físicas, propietarios de instrumentos de medición. Las listas de instrumentos de medida a verificar se envían a los órganos del Servicio Estatal de Metrología.
Los órganos del Servicio Estatal de Metrología, en el ejercicio de la supervisión estatal sobre el cumplimiento de las reglas y normas metrológicas, controlan la corrección de la elaboración de las listas de los instrumentos de medida a verificar.

2.7. Cada copia de los instrumentos de medición debe someterse a una verificación periódica. La verificación periódica no puede estar sujeta a instrumentos de medición que estén almacenados a largo plazo. Se permite la verificación periódica de los instrumentos de medición destinados a medir (reproducir) varias cantidades o tener varios rangos de medición, pero que se utilizan para medir (reproducir) un número menor de cantidades o en un número menor de rangos de medición, sobre la base de la decisión del jefe metrólogo o el jefe de una entidad legal, que se llevará a cabo solo para los requisitos de los documentos normativos para la verificación, que determinan la idoneidad de los instrumentos de medición para el número de valores aplicados y los rangos de medición aplicados.
Se debe hacer una entrada apropiada en los documentos operativos.

2.8. Los resultados de la verificación periódica son válidos durante el intervalo de verificación.

2.9. El primer intervalo de verificación se establece durante la homologación de tipo.
Los órganos del Servicio Estatal de Metrología y las personas jurídicas están obligados a mantener registros de los resultados de las verificaciones periódicas y desarrollar recomendaciones para ajustar los intervalos de calibración, teniendo en cuenta las especificidades de su aplicación.

2.10 . El ajuste de los intervalos de calibración lo realiza el organismo del Servicio Estatal de Metrología de acuerdo con el servicio de metrología de la persona jurídica.

2.11. En los casos en que el consentimiento de las partes conforme al párrafo 2.10. no logrado, los resultados de los estudios, que permiten llegar a una conclusión sobre el cambio en los intervalos de calibración, se transfieren a los centros metrológicos científicos estatales, que dan la conclusión correspondiente.

2.12. La verificación periódica puede realizarse en el territorio del usuario, el organismo del Servicio Metrológico del Estado o una persona jurídica acreditada para el derecho de verificación.
El lugar de verificación lo elige el usuario de los instrumentos de medida, en función de factores económicos y de la posibilidad de transportar instrumentos de medida y patrones verificados.

2.13. Los instrumentos de medida deberán presentarse para verificación a solicitud del Servicio Estatal de Metrología, reactivados, junto con descripción técnica, instructivo de operación, metodología de verificación, pasaporte o certificado de la última verificación, así como los accesorios necesarios.

2.14. La verificación extraordinaria se lleva a cabo durante la operación (almacenamiento) de instrumentos de medición en:
daño al signo de la marca de verificación, así como en caso de pérdida del certificado de verificación;
puesta en marcha de instrumentos de medición después de un almacenamiento a largo plazo (más de un intervalo de calibración);
reajuste o ajuste, impacto conocido o sospechado en el instrumento de medición, o desempeño insatisfactorio del instrumento.

2.15. La verificación de inspección se lleva a cabo para determinar la idoneidad para el uso de instrumentos de medición en la implementación de la supervisión metrológica estatal.

2.15.1. La verificación de la inspección no podrá realizarse en su totalidad, prevista por el procedimiento de verificación.

2.15.2. Los resultados de la verificación de la inspección se reflejan en el informe de inspección.

2.15.3 . La verificación de la inspección se lleva a cabo en presencia de un representante de la persona física o jurídica que se está controlando.

2.16. La verificación en el marco del examen metrológico, realizada en nombre del tribunal, la fiscalía, el tribunal de arbitraje y las autoridades ejecutivas federales, se lleva a cabo previa solicitud por escrito. Sobre la base de los resultados de la verificación, se elabora una conclusión, que es aprobada por el jefe del organismo del Servicio Estatal de Metrología y se envía al solicitante. Una copia de la conclusión deberá conservarse en el cuerpo del Servicio Estatal de Metrología que haya realizado la verificación.

3. PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN PARA SU VERIFICACIÓN A LOS ÓRGANOS DEL SERVICIO METROLÓGICO DEL ESTADO

3.1. Las personas jurídicas y las personas físicas que liberan instrumentos de medición de la producción o reparación, importan instrumentos de medición y los utilizan con fines de operación, alquiler o venta, están obligados a presentar los instrumentos de medición para su verificación de manera oportuna.

3.2. Los órganos del Servicio Estatal de Metrología realizan la verificación de los instrumentos de medida sobre la base de cronogramas de verificación elaborados por personas jurídicas y personas físicas.

3.3. Los cronogramas de verificación se elaboran por tipos de mediciones en el formulario presentado en el Apéndice 3.

3.4. Los cronogramas de verificación se elaboran para un período establecido por los propietarios de los instrumentos de medición.

3.5. Los plazos para la presentación de los cronogramas de verificación son establecidos por los órganos del Servicio Estatal de Metrología.

3.6. Los cronogramas de verificación se pueden ajustar según el cambio en la nomenclatura y la cantidad de instrumentos de medición.

3.7. Los cronogramas de verificación se envían al organismo del Servicio Estatal de Metrología, en cuyo territorio atendido se encuentran los propietarios de los instrumentos de medición. Los calendarios de verificación se elaboran por triplicado.

3.8. Dentro de los 10 días siguientes a la fecha de recepción de los cronogramas de calibración de los Instrumentos de Medida, el organismo del Servicio Estatal de Metrología los revisa.

3.9. El procedimiento de revisión y consensuación de los calendarios de verificación lo establece el titular del órgano del Servicio Estatal de Metrología.

3.10. Al considerar los cronogramas de verificación, se determinan los instrumentos de medición, cuya verificación se realiza en el organismo del Servicio Metrológico del Estado.

3.11. Estos instrumentos de medición están marcados en la tercera copia, que se devuelve para información al Solicitante.

3.12. La respuesta podrá indicar otros organismos del Servicio Estatal de Metrología o personas jurídicas que puedan brindar verificación de instrumentos de medida que no se cuenten con verificación en este organismo del Servicio Estatal de Metrología.

3.13. El solicitante reenvía los cronogramas de verificación a otro organismo del Servicio Estatal de Metrología o persona jurídica de su elección, que los coordina.

3.14. Al acordar los cronogramas de verificación, verifican la integridad de la información sobre los instrumentos de medición presentados para la verificación, especifican el lugar, el momento, el alcance de la verificación y el pago.

3.15. Se envía al Solicitante la primera copia de los cronogramas de verificación convenidos y firmados por el titular del organismo del Servicio Estatal de Metrología.

3.16. La entrega de instrumentos de medición para la verificación es proporcionada por personas jurídicas y personas físicas, propietarios de instrumentos de medición.
Los instrumentos de medición se entregan para su verificación a los órganos del Servicio Estatal de Metrología contra recibo.

3.17. La responsabilidad de la seguridad de los instrumentos de medida corresponde al organismo del Servicio Estatal de Metrología de acuerdo con la legislación aplicable.

Anexo 1

(nombre del organismo del Servicio Metrológico del Estado, persona jurídica)

NORTE_____

Anexo 2

Anexo 3

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